La "manutención" en el convenio de Hostelería de Cataluña

La "manutención" en el convenio de Hostelería de Cataluña

Desde hace tiempo que la inspección de trabajo tiene como uno de sus objetivos que las empresas coticen debidamente los pluses en especies que años atrás no tenían que cotizar.

 

Tanto es así que uno de los pluses en "conflicto" es el de la manutención, y es que gran parte de las empresas abonan este plus en proporción a la jornada del trabajador, siendo este criterio incorrecto según la Inspección de Trabajo, que considera que este plus se tiene que abonar en función de los días efectivamente trabajados, sea cual sea la jornada de trabajo.

 

Es decir, si un trabajador del sector de la hostelería tiene un contrato a tiempo parcial para hacer 10 horas a la semana repartidas en 2 días, tendrá que percibir un 40% del plus, mientras que si este trabajador hace las 10 horas repartidas en 4 días a la semana, tendrá que percibir en especie un 80% del plus.

 

Justo es decir que si bien la incidencia de este plus en el líquido a percibir en nómina es 0, puesto que se trata de un concepto salarial en especie, su relevancia recae en que el trabajador puede incrementar su base de cotización y por lo tanto, obtener los beneficios propios de esta mejor base de cotización.

 

Por lo tanto, si eres una persona asalariada en el sector de la hostelería de Cataluña, tengas claro como es debido que te coticen este plus de manutención y en caso de duda, tenerlo claro, somos Arquimedis, y estamos para ayudarte.