La prestación por cese de actividad o desempleo de los autónomos
Si bien es una medida que lleva tiempo en vigor en nuestro ordenamiento jurídico, la prestación por cese de actividad de los autónomos sigue siendo muy desconocida para muchos. De hecho, los que la conocen, se encuentran con distintos problemas para poder percibirla. Si te encuentras en una situación que requiere percibir esta prestación, debes tener en cuenta estos requisitos:
- Estar afiliado y de alta en el RETA.
- Cotizar en la cuota de autónomo por cese de actividad, y tener un mínimo de cotización por dicho concepto, debiéndose haber cotizado mínimo los 12 meses anteriores al cese.
- Encontrarse en situación legal de cese de actividad.
- No tener cumplida la edad ordinaria de jubilación.
- Estar al corriente de pago de las cuotas.
- Los autónomos que no puedan ejercer su profesión por la comisión de una infracción penal, no tienen derecho al percibo de dicha prestación.